Las leyes en Colombia son creadas por el Congreso, mientras que las normas locales son responsabilidad de los concejos y asambleas. A otro nivel, las administraciones emiten decretos y resoluciones. Somos un país con una rica normativa, pero esta parece no satisfacer las necesidades de justicia e igualdad de los colombianos.
Las altas Cortes emiten fallos que, de una u otra manera, también actúan como normas. Estos delinean situaciones particulares o generales que ocurren en el país, interpretan subjetividades, analizan casos y hasta exhortan al Estado a movilizarse en favor de la población.
Las mujeres en situación de prostitución o explotación han acudido a las Cortes en busca de protección. Algunas se autodenominan trabajadoras, pero al examinar sus testimonios, se revela que son víctimas de explotación y su sufrimiento no fue aliviado por los fallos judiciales, aunque estos marcan hitos importantes para el país.
La Corte Constitucional ha calificado la prostitución como trabajo, pero no ofrece garantías de reintegro al mismo, siendo esta la única “labor” donde, al ser despedida, la persona no tiene derecho a reintegrarse. Según la Corte: “Por la especificidad de la prestación ordinaria que ejecutó la señora LAIS y por cómo esta actividad puede reñir con los ideales liberales, racionales y de la dignidad humana del constitucionalismo, y en particular con los deberes internacionales de los Estados...”. (Sentencia T-629/10).
Aunque parezca contradictorio, la Corte acierta al reconocer que muchas personas ven en la prostitución una forma de supervivencia, aunque conlleve riesgos. A través de la explotación de sus cuerpos, muchas mujeres logran sustentar a sus hijos, exponiéndose diariamente a maltratos y feminicidios. Para ellas, esto es “su trabajo”, aunque el Estado reconozca que riñe con los principios de la dignidad humana. Por ello, el Estado Colombiano tiene la obligación de desalentar la demanda, mostrando a sus ciudadanos que la compra de cuerpos humanos no es una transacción cualquiera, implicando un problema frente al concepto de dignidad humana. Sobrevivir en la prostitución no es digno desde la moral si no desde los derechos humanos por los daños incalculables que esta violencia hace en las personas y las comunidades.
Para comprender mejor lo ilustro así: muchas mujeres víctimas de violencia doméstica mantienen la relación y soportan el maltrato. A menudo son cruelmente llamadas “masoquistas”, sin entender que es una forma de supervivencia cuando se depende del poder económico del hombre en el hogar. No por eso la violencia intrafamiliar es una labor o un trabajo. La sociedad y el Estado lo ve como un crimen.
PROTOCOLO DE PALERMO. En relación con la demanda, la obligación legal más completa procede del
Protocolo de Palermo: casi todos los Estados participantes de la OSCE (55 de los 57 Estados) tienen la obligación de tomar medidas para desalentar la demanda por el simple hecho de ser partes en el Protocolo. Ver: 558252.pdf (osce.org)
Pensar en soluciones puede parecer imposible, lo he analizado y tengo una propuesta: Debemos comenzar por combatir la trata de personas.
En mis años de trabajo, puedo asegurar que la mayoría de la prostitución “por cuenta ajena” es, de hecho, trata de personas, abarcando desde la prostitución callejera hasta la VIP, todas marcadas por violencia sexual infantil, adicciones, baja autoestima, abandono e incluso inducción.
Si combatimos la trata de personas, que implica “captar, trasladar, alojar o recibir personas con fines de explotación”, de manera efectiva, atendiendo a las víctimas, otorgando incentivos a las comunidades que se enfrentan a los tratantes, asegurando la protección de las supervivientes y desestimulando la demanda de sexo que promueve la trata, habremos resuelto gran parte del problema.
La ley 985 de 2005, nuestra ley anti-trata, es una de las mejores del mundo. En ella, las víctimas no necesitan probar los medios, no se deben cumplir todos los verbos para ser consideradas víctimas y se castiga de manera justa a los criminales.
La ley anti trata está parcialmente reglamentada, no tiene procesos de seguimiento ni cumplimiento, no es conocida por los funcionarios y no es aplicada. Mi propuesta está dada, no necesitamos más leyes, reglamentar la que tenemos y aplicarla es un paso poderoso. Hacer cumplir esta ley es un gran paso hacia la abolición de la explotación en el país.
Claudia Yurley Quintero
Defensora de derechos humanos
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