En el contexto de un mundo cada vez más digitalizado, la protección de los datos personales y la prevención de las violencias digitales son temas urgentes y necesarios. En este marco, el Congreso de Colombia discute el Proyecto de Ley 289 de 2024, que propone establecer el supuesto "derecho al olvido" en internet. Algo que para quienes conocemos este campo de batalla sabemos que es una quimera.
A primera vista, la iniciativa parecería una respuesta sensata a los problemas que enfrentan especialmente mujeres, que han monetizado contenido sexual y luego quieren eliminarlo, también no menos importante reconocer el problema del acoso en línea, la difusión no consensuada de contenido íntimo y otras formas de violencia digital. Sin embargo, cuando analizamos con detenimiento, este proyecto de ley presenta serias fallas estructurales que podrían convertirlo en un parche costoso e ineficaz, más orientado a responder a síntomas que a solucionar las causas reales del problema.
Un Enfoque Reactivo, No Preventivo
El "derecho al olvido" que promueve esta legislación permite a las personas solicitar la eliminación de contenido en internet que afecte su intimidad, su imagen o sus datos personales. Sin embargo, este enfoque es esencialmente reactivo: actúa después de que el daño ya ha sido hecho.
Imaginemos a una mujer cuya imagen íntima ha sido publicada sin su consentimiento. Bajo este proyecto, debe emprender un proceso administrativo y legal para solicitar la eliminación del contenido. Mientras tanto, su imagen continúa circulando, replicándose en múltiples plataformas y exponiéndola a un daño psicológico y social irreparable. ¿Por qué el Estado prioriza la eliminación del contenido después de publicado, en lugar de exigir mecanismos que prevengan su difusión desde el inicio?
Por ejemplo, la sanción inmediata de quien difunde el contenido sexual, el señalamiento al directo responsable de estos casos conocidos como “pornovenganza”.
La Ausencia de Regulaciones Claras para las Plataformas Digitales
El proyecto asigna al Estado, a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la responsabilidad de gestionar las solicitudes para eliminar contenido. Sin embargo, no establece medidas concretas para obligar a las plataformas digitales, muchas de ellas gigantes internacionales como Google, Meta (Facebook e Instagram) o TikTok, a implementar controles efectivos para prevenir la publicación de contenido dañino.
¿Por qué no exigir a estas plataformas la autenticación biométrica de edad para prevenir que menores accedan o publiquen contenido sensible? ¿Por qué no se incluye una obligación para que las empresas desarrollen algoritmos capaces de detectar y bloquear automáticamente contenido íntimo no consensuado? La tecnología existe, pero el proyecto parece más interesado en desgastar los recursos estatales que en responsabilizar a quienes hacen dinero con el caos digital.
La Hipocresía Frente a la Prevención del Sexting y el Contenido Sexual No Consensuado
En un contexto donde el sexting y la producción de contenido íntimo se han normalizado entre adolescentes y jóvenes, este proyecto de ley guarda un silencio preocupante. No hay mención de programas educativos que enseñen a las personas, especialmente a los menores, sobre los riesgos del sexting y las implicaciones legales y sociales de compartir contenido íntimo. Tampoco se promueve un marco regulatorio que obligue a las plataformas a verificar si el contenido subido cuenta con el consentimiento de todas las partes involucradas.
Esta omisión es grave, pues ignora la raíz del problema: la falta de conciencia y regulación sobre el uso de la tecnología y la protección de los derechos de las personas en entornos digitales. Si queremos erradicar la violencia digital, la prevención debe ser el eje central de cualquier política pública.
Un Costo Exorbitante para un Problema Mal Enfocado
El proyecto carga al Estado con la tarea de gestionar un sistema de solicitudes, evaluaciones y acciones legales para eliminar contenido. Esto implica crear un aparato burocrático costoso y, en un país con problemas de presupuesto como lo es ahora Colombia, representa una decisión cuestionable. Según el texto, será el Estado quien deba perseguir a los responsables, coordinar con las plataformas digitales y garantizar el cumplimiento de las decisiones. ¿Cuánto costará este proceso? ¿Cuántos recursos se desviarán de otros programas esenciales para financiar una política que reacciona en lugar de prevenir?
Además, en un mundo donde el contenido digital se replica y circula a una velocidad incontrolable, eliminar una publicación no garantiza que el daño desaparezca. Por el contrario, la víctima sigue expuesta mientras el Estado se enfrenta a un enemigo difuso: la inmediatez de internet.
El Peligro de Abusar del "Derecho al Olvido"
Si bien el objetivo principal del proyecto es proteger a las personas de la violencia digital, existe un riesgo significativo de que el "derecho al olvido" sea utilizado para censurar información legítima. Figuras públicas, empresas y personas con poder podrían emplear esta herramienta para borrar información relevante o histórica que exponga abusos, corrupción o malas prácticas.
El Proyecto de Ley 289 de 2024 plantea un riesgo importante para la libertad de expresión, ya que el mal uso del llamado "derecho al olvido" podría convertirse en una herramienta de censura. Aunque el objetivo declarado es proteger la intimidad y prevenir violencias digitales, figuras públicas, empresas o personas con poder podrían emplear esta disposición para eliminar información legítima y de interés público, como investigaciones periodísticas, denuncias de corrupción o testimonios de víctimas. Esto no solo amenaza el acceso a la información, sino que también podría debilitar la transparencia y el ejercicio del periodismo independiente, elementos esenciales para una democracia.
Un sistema mal diseñado no solo no protege a las personas vulnerables, sino que también puede socavar el derecho a la libertad de prensa y el acceso a la información.
La Falta de un Enfoque Integral y Humanizado
El proyecto no aborda de manera integral los retos de los entornos digitales. Ignora la necesidad de una alfabetización digital que eduque a la población sobre cómo protegerse en línea, cómo denunciar de manera efectiva y cómo evitar caer en prácticas que perpetúan la violencia digital. Asimismo, carece de una perspectiva de género, esencial para entender que las mujeres y niñas son las principales víctimas de estas violencias.
Un enfoque humanizado debería incluir:
Campañas educativas masivas sobre el uso seguro y responsable de la tecnología.
Programas de apoyo psicológico para quienes han sido víctimas de violencia digital.
Regulaciones estrictas que obliguen a las plataformas a actuar de manera proactiva.
Sistemas de detección temprana de contenido dañino.
La Oportunidad Perdida de Transformar los Entornos Digitales
El Proyecto de Ley 289 de 2024 no es más que un intento superficial de abordar un problema profundamente arraigado en las dinámicas de poder y explotación del mundo digital. En lugar de invertir en medidas reactivas, el Estado colombiano debería centrarse en estrategias preventivas, regulaciones estrictas para las plataformas digitales y una educación masiva que transforme la manera en que usamos y entendemos la tecnología.
Tecnologías como la inteligencia artificial, el aprendizaje automático y la biometría podrían ser implementadas para bloquear automáticamente material no consensuado o inapropiado antes de que se publique, garantizando una respuesta inmediata y efectiva. Este enfoque no solo reduciría el daño a las víctimas, sino que también evitaría el desgaste del aparato estatal en largas disputas legales para eliminar contenido que, una vez viralizado, es casi imposible de borrar por completo.
El mundo digital no necesita más parches costosos e ineficientes.
Necesita políticas eficientes que enfrenten las causas estructurales de la violencia y protejan verdaderamente a la población. Los algoritmos no se modifican con leyes si no, con inversión en ciencia y tecnología.
La verdadera protección digital no está en borrar el pasado, sino en prevenir el daño desde el presente.